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SEGURIDAD SOCIAL
LEGISLACIÓN APLICABLE
Vivo en Portugal y trabajo por cuenta ajena en Extremadura. Viajo
diariamente desde Portugal a Extremadura para trabajar.
• ¿Qué legislación de seguridad social se me aplica?
• ¿Dónde debo pagar mis contribuciones a la Seguridad Social?
Justificación legal: Art. 11 del Reglamento CE No. 883/2004.
Se aplica la legislación española de seguridad social (país donde se prestan los
servicios).
Se cotizará a la Seguridad Social española.
El art. 11 del Reglamento CE no 883/2004 establece como norma general que un
empleado estará sujeto a la legislación del Estado miembro en el que esté
empleado.
En el caso de un trabajador fronterizo, es decir, un trabajador que trabaja por
cuenta ajena o trabaja por cuenta propia en un Estado miembro y que reside en
otro Estado miembro que regresa diariamente o al menos una vez a la semana
estará sujeto a la ley del Estado miembro. en el que trabaja (Art. 1 y Art. 11.3.a del
Reglamento CE no 883/04).
Por lo tanto, un trabajador que reside en Portugal y trabaja en España está sujeto a
la ley española y deberá hacer contribuciones a la Seguridad Social española.
El empleador deberá informar antes del comienzo de los servicios al
despido del empleado en el código de cuenta de contribución del empleador
en la Seguridad Social en España.
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